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Editorial

LAS ENMIENDAS AL PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY HIPOTECARIA Y DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL CATASTRO.

Publicado el 11 de Marzo del 2015

     Ayer publicaba la página del Congreso de los Diputados las enmiendas al Proyecto de Ley de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946, y del Texto Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. Parece, pues, que se reanuda su tramitación, paralizada desde el mes de septiembre por la continua ampliación del plazo para presentación de enmiendas.

     

     Es significativa la oposición al Proyecto de Ley tanto por parte de Izquierda Unida, que recoge en gran medida las alegaciones de Topógrafos, como por parte del PSOE, que sigue a modo de índice y casi al pie de la letra los postulados sostenidos desde antaño por el Consejo General del Notariado. En cuanto a Convergencia i Unió, utiliza argumentaciones alineadas con las tesis defendidas por la Junta de Gobierno del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España. Por fin, de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular puede decirse que mantienen el núcleo del articulado del Proyecto, si bien se introducen algunas novedades significativas que podrían poner en peligro algunas de las ideas básicas inicialmente perseguidas.

     

     - Medios inmatriculadores:






EL NOTARIADO SE APUNTA AL POPULISMO

Publicado el 5 de Marzo del 2015

      El artículo que, bajo el título “El absurdo laberinto del Registro Civil” y firmado por el Presidente del Consejo General del Notariado, José Manuel García Collantes, publica el diario ABC ayer, 4 de marzo, supone, desde nuestro punto de vista, que el notariado – o al menos su cabeza visible- ha decidido unirse a la corriente populista que recorre nuestro país. A tal efecto, sin mencionar ninguno de los puntos que a continuación citaremos, denuncia la reforma del Registro Civil que el Gobierno de la Nación prepara acusándole sibilinamente de favorecer a los Registradores y de engañar a la ciudadanía al anunciar que se mantendrá su “gratuidad” siendo así que, en su parecer, “se adivina” que se van a buscar mecanismos alternativos de financiación que considera que se obtendrán aumentando el número de los actos inscribibles y obligando a los registradores a consultar su contenido antes de practicar una inscripción, “se supone que pagando” (sin que aduzca ninguna justificación que permita fundamentar esta suposición que contraviene la actual norma de gratuidad que rige cuando, en cumplimiento de su obligación de consultar el Registro Mercantil, el Registrador de la Propiedad lo hace al objeto de asegurarse de la legalidad del negocio que se quiere inscribir).

     

      Dada la aparente inocuidad de esta reforma para el notariado, se plantea la obligación de buscar la causa que ha llevado al citado Presidente a firmar este artículo que, según las expresiones entrecomilladas, se basa únicamente en suposiciones. En ARBO sólo hallamos una, la convicción que el firmante tiene de que la reforma puede no resultar tan inocua para el colectivo que representa.

     

      La actividad del notariado latino (el anglosajón no existe) está siendo revisada en toda Europa. Como prueba de esta afirmación se pueden citar, entre otros, los ejemplos que siguen:






LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

Publicado el 12 de Febrero del 2015

     El ABC del sábado 10 de enero, al hacer la reseña del Consejo de Ministros del viernes día 9, recogía en su página 36 la siguiente noticia:

     

      «Adiós al papel. Una Administración electrónica.

     El Gobierno aprobó ayer el anteproyecto de ley del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Con esta iniciativa tratan de llegar al objetivo de “cero papel” y llegar a una Administración totalmente electrónica “e interconectada a todos los niveles”. También tratan de “incrementar la transparencia en el funcionamiento de todas las Administraciones, dotándose de nuevos registros públicos y mejorar la calidad de las normas jurídicas reformando el procedimiento de elaboración”»

     






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