Editorial

BASES GRAFICAS REGISTRALES, COORDINACION CON CATASTRO Y TEMPLE

Publicado el 14 de Abril del 2014

      Una de las reformas más importantes para el futuro de la función registral es la que afecta a la incorporación de Bases Gráficas al Registro de la Propiedad y su relación y coordinación con el Catastro. Las leyes afortunadamente no se promulgan al dictado de los intereses profesionales de quienes las sufren y su contenido raras veces se ajusta a las aspiraciones de quienes están llamados a aplicarlas, por muy sabios y expertos que se tengan a sí mismos los especialmente relacionados con la materia objeto de disciplina normativa. Catastro y Registro han tenido una historia antigua y a ratos turbulenta de encuentros y, también, desencuentros, que se antoja difícil zanjar de una vez por todas y de suerte que se contente a tirios y a troyanos y de paso se defienda lo que conviene al servicio público.

     

     La vieja historia de la coordinación interinstitucional tiene en el anteproyecto de Ley aprobado el pasado Consejo de Ministros el último de sus episodios (¿el definitivo?). El contenido del anteproyecto divulgado, no debiera suponer una sorpresa para nadie, ya que un borrador del mismo estaba a disposición de los interesados y de los entonces candidatos a vocales de la Junta, incluso desde antes de que acabara el plazo de la campaña electoral. Nadie medianamente sensato, por muy contrario que sea a la reforma anunciada, por mucho que se hayan implementado en el pasado y en el propio registro soluciones informáticas particulares que ahora devienen caducas, debiera dejar de tomar en consideración, en el cálculo de probabilidades de aparición de leyes futuras, un texto que, nos constaba a todos, estaba pactado entre Justicia y Catastro. Tiempo habrá de comentar las cuestiones técnicas, ahora toca pedir responsabilidad y cordura a la Junta de Gobierno que parece actuar confundiendo deseos con la realidad, invirtiendo a lo que se ve en quimeras... con los recursos de todos.

     

     Tras el impulso del Consejo de Ministros a la reforma de la Ley Hipotecaria y del Texto Refundido de la Ley del Catastro, resulta esencial conocer cuál va a ser la actitud de la Junta de Gobierno del Colegio de Registradores ante esta decisión de política legislativa del Gobierno, pues la reciente circular enviada por el vocal de bases graficas solo consigue crear inquietud y preocupación, ya que son muchos los interrogantes que plantea y las dudas legítimas que tenemos sobre la (imposible) compatibilidad de lo hecho e invertido por esta Junta con lo que en breve será Derecho positivo. En definitiva, se trata de saber si la Junta, suponiendo que haya una sola visión compartida en materia de bases gráficas, (puede que haya dos irreconciliables. Cosas del reparto de cuotas en una Junta de aluvión), es realmente consciente de lo incompatible que es "su" proyecto, (el de Temple remozado), con el Derecho anunciado y decimos bien "su" proyecto porque existe un acuerdo de Asamblea de Decanos para implantación de Geobaseweb y ha faltado otro acuerdo revocatorio del mismo órgano corporativo para su abandono; como no sea el entusiasmo de muchos vocales, (no son pocos los usuarios de Temple), y la exégesis de los acuerdos de Zaragoza, (que en esto pueden decir una cosa y la contraria, que tanto da), no se atisba ninguna otra razón para tal actuación.

     

     Así, las medidas anunciadas por la Junta de Gobierno, (¿o son las del vocal?), en un claro intento de anticipar y diluir el impacto del acuerdo del Consejo de Ministros, contradicen frontalmente las previsiones del Anteproyecto de Ley que de forma expresa se refiere a la utilización de una única aplicación informática, como elemento auxiliar de calificación, suministrada por el Colegio de Registradores y residente en el sistema informático único de los registradores, objetivo que ha de conectarse con el articulo 19 de la Ley de Emprendedores y que excluye las aplicaciones de escritorio dispersas y con bases de datos locales alojadas físicamente en los servidores de cada registro. El propósito armonizador e integrador de la norma no admite dudas y por otro lado es también obvio que todos los libros, legajos y bases de datos de cada una de las oficinas registrales son de titularidad publica. No cabe ni propiedad privada ni derechos de autor sobre los mismos.

     

     Tampoco es cierta la consideración vertida en la referida circular cuando se afirma que la actual aplicación colegial Geobaseweb se transformará en una aplicación de escritorio, por la sencilla razón de que se trata de soluciones que requieren arquitecturas completamente diferentes. La nueva aplicación de escritorio, que se dice va a comenzar a instalarse próximamente, ha de implicar necesariamente un nuevo desarrollo, del que no se sabe absolutamente nada: se esta desarrollando por los técnicos del SSI o por una empresa externa?. En este ultimo caso, ha de aclararse si se ha procedido a su adjudicación mediante concurso y previo acuerdo de Junta y en su caso de la Asamblea de Decanos o se trata, tal como todos los indicios apuntan, de una adaptación debidamente maquillada de la herramienta utilizada por la cooperativa de usuarios de Temple, lo cual plantearía a su vez un grave conflicto de intereses al ser varios los miembros de la actual Junta que son usuarios de la misma, además del Director de Bases Graficas. Con otras palabras, ha de explicarse cual ha sido el sistema de contratación y el documento formalizado con tal finalidad.

     

     Por otro lado tampoco se conoce cual ha sido la metodología utilizada para el desarrollo de la nueva herramienta gráfica, en especial su necesidad, habida cuenta de la existencia de una aplicación plenamente operativa como es Geobaseweb, en la cual se han invertido importantes recursos humanos y económicos como para eliminarla ahora por completo, y más si se tiene en cuenta que Geobaseweb sí cumple, a diferencia de Temple, con todos los requisitos legales. En este sentido han de analizarse la configuración de los requerimientos funcionales y técnicos de la nueva aplicación; evaluación de riesgos; viabilidad económica y legal; pruebas de funcionamiento; control de calidad; acuerdo marco para asegurar el mantenimiento correctivo, adaptativo y evolutivo, al igual que el nivel de servicio que se vaya a prestar; ciclo operativo y auditorias técnicas y de seguridad llevadas a efecto por empresas independientes; entregables, librería, documentación y pacto sobre código fuente y propiedad intelectual; solo de este modo se podría saber si se cumple con las previsiones de los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad, que se incluyen en la circular a modo de clausula de estilo. La seguridad de una base de datos es algo muy serio y de extrema importancia, sobre todo si se va a integrar con Experior, pues cualquier fallo en este tema es critico para la seguridad de todo el sistema registral. Y todo ello sin dejar de lado el tema presupuestario, pues no ha de olvidarse que se esta funcionando con unos presupuestos prorrogados que no contemplaban ninguna partida presupuestaria para un nuevo desarrollo.

     

     En definitiva, resulta sumamente criticable que se desmantele una aplicación con las funcionalidades de Geobaseweb, en la que se ha estado invirtiendo y trabajando durante dos años, en ejecución de previos acuerdos de Junta y de la Asamblea de Decanos, desarrollada con una arquitectura Web y por una de las empresas mas solventes del país en materia cartográfica y que ha pasado de modo satisfactorio dos auditorias, una de ellas de seguridad y que esta operativa con un nivel de satisfacción bastante elevado en casi quinientos registros, apoyada en una plataforma formativa pionera, que también se ha desactivado, siendo esta la razón por la que no se ha llegado a un nivel de implantación pleno. Por tanto habrá de estarse expectante para ver si lo que se esta llevando a efecto es la sustitución de forma subrepticia de la actual aplicación colegial Geobaseweb, que cumple con todos los objetivos del anteproyecto de Ley, por una aplicación privada, Temple, que no se adecua a los objetivos perseguidos por la reforma y arriesgando a que el trabajo que hagan los registros en materia de Bases Gráficas no sirva para nada.

     

     Del mismo modo es intencionalmente confusa la circular del vocal al mezclar dos cuestiones distintas, como son la aplicación colegial Geobaseweb, que se desmantela o al menos se deja inoperativa sin nuevas instalaciones y sin darle soporte y el visor de bases graficas, cuya operatividad si que se mantiene sobre una base grafica centralizada, siendo suministradas las capas de información desde las distintas aplicaciones de escritorio que se piensa instalar en cada registro. Resulta curioso como en este caso centralizar la información en una sola base no presenta ningún problema respecto de los acuerdos de Zaragoza, que son interpretados de forma flexible y selectiva por razones de oportunidad. Como tampoco se plantea ningún problema en relación a las bases centralizadas que suponen FLEI y FLOTI.

     

     En cuanto a la integración de la nueva aplicación de bases graficas con Experior no supone ninguna novedad, pues Geobaseweb ya estaba integrado y lo que se esta realizando es la repetición del trabajo ya hecho, para conseguir ahora la interconexión de la nueva aplicación, presumiblemente Temple modificado; es decir duplicidades y costes innecesarios. De hecho para la migración de Geobase3 a Geobaseweb era necesario un informe previo de migración para establecer la correspondencia con los Idufires de cada finca, compartiendo la misma base documental de Experior, mucho mas potente, y aprovechar las sinergias asociadas a la misma, tales como libro de entrada, firma de documentos PDF y búsqueda relacional por expedientes y de cualquier dato en ellos incluido; criterio no extensible a las casas externas al no disponer el SSI de su base de datos, ni en muchos casos compartir el mismo modelo semántico. Por otra parte, la forma apuntada de vinculación con Experior no convierte el modelo propuesto en un sistema único, pues cada oficina registral mantendrá su propio sistema de bases de datos local y cuyo control de accesos y medidas de seguridad son decididas de forma autónoma e independiente por cada registrador, lo cual puede llegar a plantear graves problemas para la seguridad integral del sistema dada su interconexión, todo lo cual se aparta de las previsiones de los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperatividad.

     

     Finalmente, está en el derecho de los colegiados exigir de su Junta prudencia y cordura, respeto a la Ley, moderación y trasparencia en el gasto ... y mucho, pero que mucho sentido común y diálogo con todos. El espectáculo que se nos ofrece es triste: osadía y desafío a las instituciones y al Gobierno, (de seguir adelante con el disparate alegal del nuevo programa gráfico añadiremos ahora al Catastro entre nuestros enemigos), despilfarro, falta de prudencia, (¿a qué cambiar lo que vale y funciona bien por una quimera?), falta de legitimidad corporativa y de trasparencia, (ni existe presupuesto para esa inversión ni se ha explicado cómo y en qué se han gastado los recursos), y lamentable falta de atención a las elementales normas de gobierno corporativo, (¿se han abstenido los vocales en conflicto de intereses por su pertenencia a la famosa cooperativa?). De seguir la inversión en un programa digamos "paralegal", los colegiados no pueden ser obligados a costearlo con sus cuotas colegiales. Quien no quiera emplear una herramienta, no refrendada por la Asamblea de Decanos, que antes costeaba una cooperativa y ahora pagamos todos, tiene el pleno derecho a pedir que se le descuente de su cuota el coste imputable al desarrollo hecho desde que se abandonó Geobaseweb, por no hablar del problema que ello conlleva, pues habrá muchos compañeros que estén satisfechos con esta herramienta colegial y se negaran a que se sustituya por otra que no cumple con las previsiones del anteproyecto de Ley y cuya idoneidad técnica y necesidad no están contrastadas.

     

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